Se trata del proyecto de ley aprobado en 2019 en el legislativo, que busca eliminar registros negativos de personas reportadas en centrales de riesgo como Datacrédito.
Con ponencia del magistrado Alejandro Linares, la Sala Plena de la Corte Constitucional le dio vida al proyecto de ley estatutaria 062 de 2019, que busca eliminar registros negativos de personas reportadas en centrales de riesgo por incumplir con sus obligaciones financieras (Por ejemplo, Datacrédito).
(Síguenos en Facebook, haz clic aquí)
La iniciativa del senador David Barguil prosperó con una votación de nueve votos a favor y ninguno en contra. Sin embargo, tres de los magistrados aclararon su voto, argumentos que por ahora no han sido de conocimiento público. Se trata de los togados Jorge Enrique Ibáñez, Antonio José Lizarazo y José Fernando Reyes.
“Millones de colombianos estaban esperando esta gran noticia. Esta es una gran herramienta para la reactivación económica que el país tanto necesita. En la Cámara de Representantes y en el Senado de la República dimos una lucha de varios años y aquí estamos dándole esta buena noticia a todos los colombianos”, afirmó el senador conservador David Barguil.
Según el representante Barguil, la norma beneficiará a alrededor de 10 millones de colombianos, quienes, en sus palabras, volverán acceder a crédito formal. Se espera que quienes estén reportados en Centrales de Riesgos y se pongan al día en el primer año de vigencia de la ley, salgan de las bases de datos en máximo seis meses. Además, estudiantes con créditos educativos del Icetex, que extingan su deuda, saldrán del reporte negativo.
(Síguenos en Instagram, haz clic aquí)
“Las personas que tengan deudas inferiores al 15% del salario mínimo (menos de $136.279) recibirán dos comunicaciones antes de ser reportadas negativamente (con 20 días de diferencia entre una y otra comunicación). La consulta de información crediticia siempre será gratuita en todo tiempo y en todos los canales y no disminuirá la calificación. Se prohíbe la consulta a las Centrales de Riesgo para otorgar un empleo (excepto para empleados del sector financiero)”, agregó Barguil.
Si bien la norma en su totalidad fue analizada por los nueve magistrados del alto tribunal, el debate principal se centró en el artículo 9, que establece el tiempo que tienen los colombianos con reporte negativo en las centrales de riesgo. Por ejemplo, uno de los parágrafos señalaba que las personas que recibieron reporte negativo durante pandemia y se acercaron a renegociar la obligación no tendrían una observación negativa.
Del mismo modo, las personas que tuvieran pequeñas o medianas empresas, sean del sector agropecuario, tengan créditos con el Icetex, o sean víctimas del conflicto armado con créditos en Finagro, no tendrían anotaciones negativas en las centrales si cancelan su deuda durante el primer año de entrada en vigor de la norma.
Lo que en su momento explicó el senador Barguil en diálogo con este diario es que su iniciativa beneficia a miles de colombianos que, de alguna forma, dejaron de recibir beneficios bancarios o financieros por cuenta de un reporte negativo. Así, con el espaldarazo de la Corte, los ciudadanos reestablecerán sus calificaciones en las centrales de riesgo y, a juicio del congresista, podrán acceder a créditos hipotecarios, de libre inversión, entre otras, situaciones que terminarán no solo beneficiando a las personas sino terminando de reactivar la economía en el país tras la pandemia.
(Síguenos en Twitter, haz clic aquí)
Entre otras ventajas del proyecto avalado este miércoles por el alto tribunal se tiene que todos los colombianos deberán ser notificados previo a un reporte negativo. Esta situación no ocurría normalmente, e incluso, muchos usuarios terminaban reportados por una deuda que no superaba los 10.000 pesos. Para que la Corte le diera el espaldarazo a esta norma contó con varios conceptos en donde expusieron los pro y contras de la ley que fue aprobada en el legislativo en 2019.
Uno de los apoyos que recibió la ley fue el de la procuradora Margarita Cabello, quien en su concepto emitido al alto tribunal dijo que, “la norma no genera inconvenientes en materia de constitucionalidad”. Para el ente de control, el Congreso se encontraba en condiciones de incluir en el ordenamiento jurídico amnistías generales y especiales, como las que incluyó el senador Barguil en el proyecto.
Aunque la mayoría de los conceptos emitidos por entes estatales le dieron la razón a la norma, desde el sector financiero no recibieron bien la iniciativa. Por ejemplo, para TrasUnión “el declive económico del país no se mejora ocultando la realidad e impidiendo que los usuarios de la información conozcan integralmente a sus deudores”.
Es decir, para la entidad, la falta de información negativa en las centrales de riesgo deteriora la calidad de los datos y le resta valor al reporte positivo. Respecto de las amnistías del artículo 9, TransUnión resaltó que, pese a ser concebidas con buenas intenciones serán difíciles de llevar a la práctica. Además, añadieron, uno de los parágrafos de la ley de “borrón y cuenta nueva” recoge una serie de deudores indeterminables y les impone una carga casi imposible de cumplir.
Pese a la negativa de la entidad, en su momento, le dijo a la Corte que, en caso de avalar la norma como ocurrió este miércoles, lo que se debía era implementar un periodo de transición parcial para que entrara en vigor la amnistía general con el fin de no generar traumatismos a los actores involucrados, como lo son las centrales de riesgo y otras entidades financieras que deban adelantar gestiones para poner en marcha la norma. Ahora, lo que viene es que la ley haga su tránsito en la sanción presidencial para que entre en vigor durante las próximas semanas.
(Únete a nuestro WhatsApp dando clic aquí)
(vía elespectador.com)
Sin comentarios